La orden aparece en uno de los artículos del decreto 1186 que hoy fue publicado en el Boletín Oficial. Los encargados de hacer las liquidaciones tendrán que identificarlo de una manera clara.
Contenido extraido de: http://www.mdzol.com/nota/485920-la-exencion-de-ganancias-debera-figurar-en-el-recibo-de-sueldo-como-un-beneficio-otorgado-por-el-ejecutivo/
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